Programa de subvenciones para pymes y autónomos
Somos tu agente digitalizador
Puedes optar a estas ayudas de una forma muy sencilla, ya que nuestros expertos te asesoran en todo el proceso y te ayudan a tramitar las diferentes soluciones digitales que ofrecemos

Soluciones digitales en las que te podemos ayudar

Categoría: BI y analítica
Segmento empresas al que va dirigido: Todas
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Ambito Territorial: Nacional
Soluciones relacionadas con esta categoría: DataLoop
Toma las mejores decisiones. Saca el máximo partido a tus datos contables y sociales, con la integración de DataLoop.

Categoría: Gestión de procesos
Segmento empresas al que va dirigido: Todas
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Ambito Territorial: Nacional
Soluciones relacionadas en esta categoría: ERP y CASHLoop
El sistema erp de gestión para PYMES unifica las diferentes áreas de la empresa. Licencia de 1 año + 10 horas de implantación y formación.

Categoría: Oficina virtual
Segmento empresas al que va dirigido: Todas
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Soluciones relacionadas en esta categoría: SuiteLoop
Gestiona los flujos de datos entre los clientes de los despachos profesionales, facilitando una colaboración más eficiente con SuiteLoop.

Categoría: Ciberseguridad
Segmento empresas al que va dirigido: Todas
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Soluciones relacionadas en esta categoría: CyberLoop
Filtrado web, de malware, phishing y spam con un antivirus administrado y Copias de seguridad en la nube.
¡Hasta 12.000€ en subvenciones para tu negocio!
Digitalización adaptada
a tu negocio
Colaboramos con Acelera Pyme, para ofrecerte soluciones y experiencias digitales adaptadas a tu negocio.
Acelera Pyme es una ventanilla única de acceso a todas las soluciones, servicios, ayudas y herramientas ofrecidas por pequeñas y medianas empresas, tanto del sector público como el privado.
¡No podíamos dejar escapar la oportunidad!
Formar parte de esta iniciativa que trata de conectar a las PYMES como nosotros, con la economía y la cultura empresarial


Requisitos
Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo con menos de 50 empleados y un volumen de negocio inferior a 10 M€.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. Las convocatorias podrán requerir una antigüedad mínima.
No tener consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones.
Te recordamos que tienes 6 meses para utilizar la ayuda
Requisitos
Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo con menos de 50 empleados y un volumen de negocio inferior a 10 M€.
Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral. Las convocatorias podrán requerir una antigüedad mínima.
No tener consideración de empresa en crisis.
Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, de la Ley General de Subvenciones.
Te recordamos que tienes 6 meses para utilizar la ayuda

Preguntas frecuentes 
¿A quién va dirigido?
¿Cómo conseguir el bono digital?
Consulta el catálogo de soluciones digitales, donde podrás escoger una o varias de las que ofrecen los agentes digitalizadores. Las que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio.
Solicita la ayuda Kit Digital en la sede electrónica de Red.es (sede.red.gob.es). Completa todos los pasos del formulario.
¿Cómo emplear tu bono digital?
Ponte en contacto con los agentes digitalizadores, suscribe el acuerdo de prestación de soluciones digitales y comienza tu cambio digital.
¿Cuáles son los requisitos para la ayuda?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
¿Qué empresas pueden solicitar las ayudas de los fondos europeos?
12.000€ / entre 10 y 50 empleados.
6.000 € / entre 3 y 10 empleados.
2.000 € / entre 1 y 3 empleados y personas en situación de autoempleo.
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